Como justifico el incremento patrimonial debido a los revaluos realizados por el Municipio, que están por encima de valor comercial que se declaró el año pasado? Buenos días Cruz. Habría en primer lugar que diferenciar si el incremento del avalúo comercial se presentó por un mejoramiento de las condiciones físicas del propio inmueble. Es decir que demandaron recursos de los propietarios, siendo ese el caso si hay que justificarlos con los ingresos que tenga el contribuyente. Si por el contrario se debe a la actualización catastral que están obligados a hacerla los Municipios bajo la Ley de Régimen Municipal cada dos años, no debería ser de justificado en vista de que no proviene de recursos del contribuyente sino a una revalorización de un activo no monetario
uedo emitir una factura para hacer cobro de interes por mora, o en que documento debo hacerlo? y debo gravarle el IVA o no?.Gracias
Art. 15.- Notas de débito.- Las notas de débito se emitirán para el cobro de intereses de mora y para recuperar costos y gastos, incurridos por el vendedor con posterioridad a la emisión del comprobante de venta.
No se debe grabar iva por que no corresponde a una prestación de servicios ni a la transferencia de un bien.
Pregunta: los gastos q se declaran como personales debo registrarlos en el 104 y puedo utilizar el credito de iva, deberia hacer la retencion correspondiente o solo los registro para fin de año en mi 102
PARA DECLARARA LAS RETENCIONES EN LA FUENTE DEL IMPUESTO A LA RENTA EN EL FORMULARIO 103, SI RETENGO EL 1% POR COMPRA DE MERCADERIAS PARA MI COMISARIATO, TENGO QUE UTILIZAR EL CODIGO 312 O EL CODIGO 340?
PREGUNTA ENVIADA POR Viviana Casanova
Necesito saber Para el calculo de fondos de reserva se toma del sueldo mas horas extras o solo el sueldo reportado
De acuerdo al reglamento para el aporte se aplica lo siguiente:
Art. 2.- Pago mensual del fondo de reserva.- A partir del mes de agosto del 2009, el
empleador pagará por concepto de fondo de reserva de manera mensualizada y directa a
sus trabajadores, conjuntamente con el salario o remuneración, un valor equivalente al
ocho coma treinta y tres por ciento (8,33%) de la remuneración de aportación.
PREGUNTA ENVIADA POR Gabriel Cunachi
BUEN DIA DISCULPEN ALAS ESTACIONES DE SERVICIO SE LES DEBE HACER RETENCIONES DEL IMPUESTO A LA RENTA? GRACIAS No, las estaciones de combustible no son sujetos de retenciones ni de Iva ni de impuesto a la renta. De acuerdo a la siguiente base legal: Extracto del artículo 120 del Reglamento para la aplicacion de la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno: La comercialización de combustibles derivados del petróleo no estará sujeta a retenciones en la fuente, las mismas que están sustituidas por el mecanismo previsto en este artículo. PREGUNTA ENVIADA POR Mariana Coronel Tengo un deposito en mi cuenta del IESS que me hicieron en Septiembre del 2008 por el pago de fondos del 2007 al 2008,yo sali de esta empresa el año pasado en Noviembre ,estoy trabajando en una nueva y claro no me van a hacer deposito por que no tengo un año aun ,sé que a partir de Diciembre me van a incluir en mi sueldo mensual ya que así lo he decidido............. mi pregunta es que pasa con el dinero que está en el Iess desde el año pasado...por favor respondame Gracias por su pregunta, en términos generales los fondos de reserva deben de permanecer en poder del IESS 24 meses consecutivos tiempo después del cual usted podría disponerlos. Tal como lo dice el REGLAMENTO PARA EL PAGO O DEVOLUCION DEL FONDO DE RESERVA AL TRABAJADOR, publicado el 8 de agosto del 2009. Textualmente dice lo siguiente: SEGUNDA.- Saldos acumulados.- En el caso de los afiliados que no acreditaren a la presente fecha al menos dos (2) aportaciones anuales o veinticuatro (24) aportaciones mensuales, el saldo acumulado por fondos de reserva estará disponible para su retiro luego de transcurridos el número de meses que le restare para completar veinticuatro (24) meses Esto siempre y cuando esté comprendido hasta el 29 de julio del 2011, que corresponde al tope máximo de la devolución anticipada del fondo de reserva PREGUNTA ENVIADA POR Wilber López Cedeño Pregunta: Quiero que me paguen los fondos de reservas mensuales, desde que fecha ya tengo que recibirlos mensualmente Ok, el derecho está vigente de pago desde el rol de pagos correspondiente al mes de agosto del 2009 que se paga en septiembre. El artículo 2 del REGLAMENTO PARA EL PAGO O DEVOLUCION DEL FONDO DE RESERVA AL TRABAJADOR, publicado el 8 de agosto del 2009. Textualmente dice lo siguiente Art. 2.- Pago mensual del fondo de reserva.- A partir del mes de agosto del 2009, el empleador pagará por concepto de fondo de reserva de manera mensualizada y directa a sus trabajadores, conjuntamente con el salario o remuneración, un valor equivalente al ocho coma treinta y tres por ciento (8,33%) de la remuneración de aportación
PREGUNTA ENVIADA POR Esther Villalba
los gastos que se incurren para los planos de un edificio en contruccion se pueden enviar al gasto o se toman en cuenta como construcciones en curso?
Si usted es una compañìa debería aplicar lo dispuesto en las NIFs en lo que se refiere a lacontabilización por que forma parte de las obligaciones de las organizaciones supervisadas por la Superintendencia de Compañías. En virtud de tales regulaciones la norma establece los principios para el reconocimiento y medición inicial de los activos inmuebles, maquinaria y equipo en donde se manifiesta lo siguiente: El elemento de inmuebles, maquinaria y equipo se valoriza inicialmente a su costo que comprende al valor razonable de la contraprestación, entregada
para adquirir el activo (neto de descuentos y bonificaciones) y cualquier costo directamente
atribuible y necesario para ubicar el activo en el lugar y en las condiciones requeridas para su
funcionamiento, como lo prevé la gerencia (incluye a los aranceles de importación y a los impuestos
indirectos no recuperables). Para aclarar más el tema tomamos la siguiente basel:
Los costos directamente atribuibles correspondena los desembolsos incurridos en la preparación del
emplazamiento físico en el que se colocará el activo, los costos de entrega, los costos de instalación, los
honorarios profesionales y el estimado de los costos de desmantelamiento o de retiro del activo, así
como los costos de rehabilitación del lugar de emplazamiento físico (en la medida que dicho costo
surja de una obligación que requiera del reconocimiento de una provisión).
PREGUNTA ENVIADA POR Wilber López Cedeño
Quiero que me paguen los fondos de reservas mensuales, desde que fecha ya tengo que recibirlos mensualmente.
Si usted ya ha cumplido más de 12 meses con el mismo empleador, entonces debería recibir su fondo de reserva mensualizado desde el rol de pagos del mes de agosto del 2009. Sino cumple 12 meses aún desde el momento que cumpla el mes 13 en adelante.
PREGUNTA ENVIADA POR MARIBEL FLORES
Por favor ayudeme que debe hacer si ya me pase de la fecha, tengo que pagar alguna multa, muchas gracias Buenos días. La declaracion del anticipo a la renta forma parte integrante de la declaración de impuesto a la renta del año en cuestión por lo tanto el cumplimiento de dicha obligación se genera en el momento que usted declaró impuesto a la renta. La multa se genera por la no presentación de una declaración en las fechas establecidas, por consiguiente si usted presentó su impuesto a la renta y definió ahi su anticipo no tiene validez la aplicación de una multa. Pero si aplica un interés por mora por cualquier tributo tal como lo define el código tributario en virtud de que es un dinero en poder del contribuyente y no del estado al que encontrarle una rentabilidad que es el pago de interés. PREGUNTA ENVIADA POR ANGEL VILELA
Para sacar mi ruc como contador necesariamente debo estar afiliado
De acuerdo a la resolución en el caso signado con el Nro. 0038-07-TC del Tribunal Consdtitucional se declaró Inconstitucional la afilicación a las cámaras y gremios profesionales. A continuación los dos fallos declarando la inconstitucionalidad. Por lo tanto la afiliación no es necesaria. Los requisitos son los siguientes:
COMO INSCRIBIRSE EN EL RUC
INCONSTITUCIONALIDAD DE OBLIGACION DE AFILIARSE A COLEGIOS PROFESIONALES
1.- Declarar la inconstitucionalidad por razones de fondo de la siguiente normativa: Artículos 4, 8, 9, 10, en su parte que dice: “están obligados a afiliarlas a la respectiva Cámara de Comercio”, artículo 12: primer inciso, en su partes que dicen:”y la afiliación”, “dos”, y “a afiliarse a la respectiva Cámara y”
Resuelve: 1.- Declarar la inconstitucionalidad de los artículos: 1, en su parte que dice: “y está integrada obligatoriamente por todos los odontólogos que ejerzan legalmente su profesión en el Ecuador”; 16, tercer inciso: “los odontólogos de las provincias donde no se llegare a constituir el Colegio Odontológico, se afiliarán a aquel cuya sede se encuentre más próxima al lugar de su trabajo”; 21; 33, en su parte que dice: “y estar inscrito y afiliado a uno de los Colegios Odontológicos Provinciales”
Ayudeme con una tabla para conocer los porcentajes de retención de la fuente del Impuesto a la Renta
La tabla que necesita se encuentra en nuestra web en la opción DESCARGA DE RECURSOS ÚTILES.
¿Cuáles son los ingresos brutos?
Los ingresos brutos constituyen la totalidad de los obtenidos en la correspondiente actividad o actividades, antes de deducciones.
¿Qué se entiende por actividad empresarial?
Es toda aquella en la que se organizan los factores de la producción para producir bienes o servicios que se ofrecen en el mercado por un precio. En la actividad empresarial el riesgo asume el empresa
PREGUNTAS Y CONSULTAS ABSUELTAS EN EL MES DE MARZO DEL 2009 POR VILLARREAL CONSULTORA
¿ Es deducible el pago que hago como arrendatario de los servicios básicos de agua potable, energía eléctrica o telecomunicaciones ?
Si es totalmente deducible siempre y cuando se cumplan las siguientes condiciones:
Para nuestros clientes contamos con contratos bases con cláusulas específicas de acuerdo a las condiciones antes citadas
¿ Se debe hacer la retención del impuesto a la renta a empresas no domiciliadas en Ecuador por sus servicios prestados?
Siempre y cuando el Ecuador haya firmado un convenio para evitar la doble tributación con otro país se debería suprimir dicha retención, ya que esos ingresos son grabados en el país donde este domiciliada la empresa prestadora del servicio. (Fuente Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno: artículo 9 numeral 5, artículo 48. Reglamento para la Aplicación de la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno: artículo 12, artículo 28, artículo 127.)
Para nuestros clientes contamos con los 11 convenios firmados por el país ademàs de la decisión 578 de la CAN con su respectivo análisis y aplicación correcta.
¿ Que sucede con las retenciones de impuesto a la renta en donde no se consigne el código de retención?
No sucede nada, recordemos que toda normativa debe estar regulada mediante código, ley, reglamento o en su defecto resolució. Si bien es cierto el reglamento de comprobantes de venta y retención hace referencia a que deben registrarse códigos de retenciones, aún no existe disposición legal que los identifique. Por cuestiones prácticas se suele usar los mismos códigos descriptivos del formulario 103 pero esto no es una obligación sino que constituye una facilidad para el contribuyente que recibe dicho comprobante de retención.
Para nuestros clientes contamos una tabla simplificada de los códigos referenciales y relacionados con el formulario 103.
¿ Que porcentaje corresponde el aporte patronal del Iess ?
El porcentaje de aporte Total es de 20.5% sobre la base imponible grabada de aportes. De aquí el 9.35% corresponde al aporte del empleado y la diferencia, es decir el el 11.15% corresponde al empleador.
Para nuestros clientes contamos con las tablas sectoriales de sueldos base.